Departamento asociado: Corte Municipal

Cómo borrar los antecedentes penales de minoría de edad

Si satisface ciertos criterios, es posible que reúna los requisitos para que se borre de su expediente un delito que haya ocurrido cuando usted era menor de edad. Debe presentar la solicitud en la Corte Municipal donde usted fue condenado.

  1. Determine si califica.

  2. Llene el formulario (PDF, 412 KB)

    No lo firme antes de estar en la presencia de un notario o secretario de la corte.

  3. Entregue el formulario.

  4. Pague la tarifa de $30.

  5. Cuando hayamos recibido el pago, se programará una audiencia para usted. Durante la audiencia el juez/la jueza tomará una decisión acerca de su solicitud de borrar los cargos de su expediente. Usted puede comparecer a la audiencia, pero no es obligatorio.

Más información

Las infracciones de tránsito no se pueden borrar.

Si usted tiene un antecedente penal por “No asistir a la escuela”, esta ley se derogó cuando se promulgó el proyecto de ley HB 2398 en 2015. Los cortees son responsables de borrar los expedientes relacionados con esta infracción. No se requiere ninguna solicitud, comprobante ni tarifa. Usted puede llamar a la corte para confirmar que se haya borrado este antecedente de su expediente.

Terminología

Menor: Alguna persona que tiene 16 años de edad o menor.

Menor: Una persona que es menor que la edad legal para cometer cierto acto.

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